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JUDICIALES

4 de septiembre de 2023

LA JUSTICIA CONDENÓ A UN HOMBRE COMO AUTOR Y CO AUTOR DE DOS HECHOS

La Sala Unipersonal De La Cámara Tercera En Lo Criminal y Correccional a cargo de la Dra. Sara Lopez Douglas, en modalidad de juicio abreviado; resolvió condenar a José Ángel Quiroga, alias “cata” o “catita”, a la pena de 2 años y 4 meses de prisión condicional, por considerárselo coautor en el delito de robo en flagrancia y autor del delito de robo -dos hechos- en concurso real.

Los hechos por los cuales fue condenado el acusado se produjeron de la siguiente manera:

El primer hecho ocurrió el día viernes 15 de febrero de 2019 a horas 03:30 aproximadamente, en circunstancias que dos ciudadanos ingresan a un local de fiesta ubicado en el barrio El Cardonal, sustrayendo una máquina de soldar, un parlante de 15 pulgadas de 200 wts, una luz scanner, una luz hongo, un crosover, una caja consola y una caja de graves de 15 pulgadas, los cuales fueron colocados en la casa del acusado, situación que es advertida por vecinos del lugar quienes dan aviso al personal policial, por lo que de inmediato llegan al lugar donde sorprenden a Quiroga y otro ciudadano saliendo del local, donde este último escapa del lugar por lo que es perseguido por personal policial y aprehendido con algunos elementos, mientras que el acusado es aprehendido en la entrada del local y posteriormente se da aviso a la víctima quien reconoce los elementos sustraídos de su propiedad.

El segundo hecho ocurrió el día 7 de septiembre de 2022, alrededor de las 18:10 hs aproximadamente, el imputado Quiroga, mientras circulaba en su motocicleta Gilera Smash 110cc, por el barrio Antártida II; detiene su marcha y se dirige a donde se encontraban dos menores de edad, afuera del domicilio de uno de ellos, y mientras se encontraban jugando con sus celulares; el acusado comienza a forcejear y sustraer de las manos de uno de los menores, su teléfono celular Samsung Galaxi A 12. Posteriormente el acusado comienza a darse a la fuga en su motocicleta con el elemento en su poder

Por último, se resolvió que la sentencia reviste el carácter de condicional por lo que el condenado deberá fijar domicilio procesal, a los fines de lograr su comparendo cuando se requiera, comunicar a la autoridad judicial cualquier cambio del mismo; someterse al Juzgado de Ejecución Penal y al cuidado del Patronato de Liberados, al que deberá concurrir del 1 al 10 de cada mes; abstenerse de cometer nuevos hechos delictivos; realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, en el lugar que determine el Juzgado de Ejecución Penal, durante cuatro horas semanales, sin afectar sus horarios de trabajo y/o de estudios, acreditando con la certificación correspondiente. (Art. 27 bis del CP).

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