ARCA: el tope para que las transferencias no sean investigadas
A partir de determinados montos, las transferencias entre cuentas son informadas por las entidades bancarias, billeteras virtuales y plataformas a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Los importes que activan las notificaciones se establecen semestralmente, siguiendo la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
De esta manera, para febrero, quedó definido en $600.000 el monto a partir del cual las entidades deben informar el total de consumos con tarjetas de débito o los movimientos totales en billeteras virtuales.
Además, se estableció en $1.000.000 el piso para reportar el total de acreditaciones bancarias, depósitos a plazo fijo constituidos, extracciones en efectivo en el país o el exterior, o el saldo en cuentas bancarias o billeteras virtuales disponible al último día de cada mes.
Por último, se definió en $2.000.000 el monto a partir del cual se deben informar las transferencias bancarias o virtuales.
“No hay alertas por exceder un monto. Simplemente, a partir de determinado monto los bancos y/o billeteras deben informar a ARCA esas transacciones”, detalló el organismo recaudador en un comunicado.
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